Así tributan los ETFs en la declaración de la renta

Los ETFs (Exchange Trade Fund), o fondos cotizados, en español, son uno de los vehículos de inversión de más éxito entre los seguidores de la gestión pasiva. Tanto es así que han logrado posicionarse como una alternativa a la inversión tradicional. En este artículo te explicaremos cómo tributan los ETFs en la declaración de la renta.

Para entender la fiscalidad de los ETFs es importante entender qué son y en qué se diferencian de los fondos de inversión convencionales. Aunque desde un punto de vista técnico el fondo cotizado es un fondo de inversión, en la práctica tiene unas características propias que lo asemeja con las acciones.

El ETF replica la composición y los movimientos de un índice bursátil y, por tanto, está compuesto por los mismos valores que forman este índice. Sin embargo, su comportamiento no es el de un fondo de inversión, sino el de un valor que cotiza en bolsa en tiempo real. 

Por tanto, el ETF se puede comprar y vender en cualquier momento, como si de una acción se tratase. Esto no ocurre con los fondos de inversión, ya que su valor de compra-venta se determina al cierre del mercado. Otra ventaja de los ETFs respecto a los fondos tradicionales es que sus comisiones son más bajas.

¿Cómo tributan los ETFs en la declaración de la renta?

Es importante entender las similitudes entre los ETFs y las acciones porque la fiscalidad de los fondos cotizados es la misma que la de estas. Mientras que un fondo de inversión puede traspasarse sin peaje fiscal (y solo hay que pagar impuestos por las plusvalías en el momento del reembolso), con los ETFs esto no ocurre.

Cada vez que compres o vendas un fondo cotizado, nacional o extranjero, tendrás que rendir cuentas con la Agencia Tributaria por las ganancias obtenidas. No importa si vendes el ETF para inmediatamente después comprar otro, la exención por reinversión no se tiene en cuenta en estos casos.

Guía de inversión ETFs

Los fondos cotizados se consideran rentas del ahorro y, por tanto, se incluyen en la declaración del IRPF como ganancia o pérdida patrimonial. En el caso de ganancia, el tipo de interés que se aplica es el siguiente:

Tramos IRPF (2020)Tipo a aplicar
Hasta 6.000€19%
Entre 6.000 y 50.000€21%
Más de 50.000€23%

Si tienes varios ETFs contratados y vendes algunos de ellos en un mismo ejercicio fiscal, las ganancias (o pérdidas) de cada uno se suman o se restan con las demás ganancias o pérdidas patrimoniales que integran la base imponible del ahorro y se le aplica el gravamen que aparece detallado en la tabla anterior.

Como vemos, el tratamiento fiscal de estos fondos cotizados es exactamente el mismo que reciben las acciones y no tiene nada que ver con el que se les aplica a los fondos de inversión.

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En inbestMe ofrecemos a nuestros clientes un método para reducir su factura fiscal. Para lograrlo hemos diseñado el método, que llamamos Optimización Fiscal Independiente (OFI), con el que mejoramos los rendimientos después de impuestos de nuestras carteras de ETFs.

Gracias a la OFI anticipamos las pérdidas temporales derivadas de la volatilidad de los mercados a corto plazo y las convertimos en “créditos fiscales”. De esta forma, optimizamos la fiscalidad de nuestras carteras (cuando tributan los ETFs) y conseguimos un efecto similar al diferimiento fiscal del que gozan los fondos de inversión en España.

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